Derecho, tecnología y cultura

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Whitehouse.gov liberada

January 20th, 2009 | Categoría: chile, principal

Obama & CC

En una medida que era esperada por varios, apenas Barack Obama juró como Presidente de Estados Unidos de América, el sitio web de la Casa Blanca ha publicado nuevas políticas de copyright, en las cuales libera todo el contenido publicado en él y producido por terceros bajo una licencia Creative Commons Atribución, la más libre de las licencias, que permite incluso hacer usos comerciales de las obras.

La licencia aplica sobre los contenidos aportados por terceros, porque tal como señala el propio sitio, conforme a la ley federal, los contenidos producidos por el Gobierno no están protegidos por derechos de autor.

¿Qué pasa en Chile?.

Primero que nada, no existe ley alguna que excluya a las obras del Estado de la protección del derecho de autor, aplicándose entonces la protección automática que estable la ley, dependiendo exclusivamente de cada organimos del Estado, fijar las condiciones de licenciamiento.

En el caso de la Presidencia de la República la cosa no están simple. Tal como señalan en su política de privacidad (?), los contenidos se pueden utilizar bajo las siguientes condiciones:

“2.2 Utilización y Reproducción de los Contenidos.

Se permite utilizar y/o reproducir Contenidos, bajo el cumplimiento de las siguientes reglas: (a) la utilización y/o reproducción debe ser compatible con el objetivo informativo, educacional y recreativo de los productos web de LA SECOM; (b) la información no puede utilizarse con fines comerciales; (c) los Contenidos de cada uno de los productos, tales como datos, documentos, información, gráficos o imágenes, no pueden ser modificados de forma alguna, copiados o distribuidos separadamente de su contexto, texto, gráfico o imágenes que lo acompañen. En resumen se permite el Uso de los contenidos con fines estrictamente informativos, académicos, educacionales, de investigación o personales, que en ninguna caso impliquen la utilización de los mismos para fines de lucro.”

En el caso de las fotografías de la Presidencia, la fórmula escogida es mucho más simple y libre pero precaria:

Licencia Presidencia de Chile

¿Qué tal?.

Fuente: Creative Commons

Ilustración: Extraída de Creative Commons Chile

Reporte #8: proyecto de ley sobre propiedad intelectual

January 29th, 2008 | Categoría: 20435, chile, congreso nacional, derecho de autor, principal

El pasado martes 22 de enero, la Sala del Senado aprobó en general y por unanimidad el proyecto que modifica la Ley N°17.336 sobre propiedad intelectual.

Estuvo variado el debate. Participaron los Senadores Mariano Ruíz-Esquide (DC), Andrés Chawdick (UDI), Nelson Ávila (PPD), Juan Pablo Letelier (PS), Carlos Cantero (IND), Ricardo Nuñez (PS) y Alejandro Navarro (PS). Las distintas bancadas parlamentarias votaron a favor del proyecto de ley, abriendo el plazo para la presentación de indicaciones hasta el 7 de abril próximo.

Por el gobierno, intervinieron las Ministras Paulina Urrutia de Cultura y Yasna Provoste de Educación.

Si tiene tiempo, lea el documento completo, no tiene desperdicio.

Autores en el dominio público chileno

January 06th, 2008 | Categoría: chile, dominio público, principal

Con frecuencia amigos diseñadores, editores, periodistas o artistas, me preguntan si la obra de tal o cual autor ya está en el dominio público.

Cada vez que surge esta pregunta, nos acordamos de un viejo sueño: hacer un catálogo actualizado que identique a los autores cuyas obras han pasado al dominio público en Chile.

Si usted no lo sabe, el principal efecto de que una obra pase al dominio público consiste en que a partir de ese momento cualquier persona puede libremente utilizarla, sin necesidad de solicitar autorización ni de pagar una remuneración por ello. Así, usted mismo puede editarla, traducirla, publicarla en un sitio web, hacer un guión, una canción o un poema a partir de ellas, lo que se le ocurra, simplemente respetando los denominados derechos morales de autor y sin asustarse por algunos torcidos conceptos y prácticas que existen.

El problema que tenemos en Chile, es que para identificar una obra como parte del dominio público, es necesario, en palabras de un amigo, hacer verdadera arqueología jurídica ya que, en materia de plazos de protección, las leyes de propiedad intelectual en Chile han sido modificadas en 6 ocasiones, tal como muestra el gráfico siguiente:

Plazo Protección LPI Chile

Y si esto no fuera poco, tenemos que considerar una estúpida ley del año 1972, que estableció que en caso que el autor(a) tuviera cónyuge sobreviviente o hijas solteras, viudas o cuyo cónyuge se encuentre afectado por una imposibilidad definitiva para todo género de trabajo, el plazo se extenderá hasta la fecha de fallecimiento de la última de ellas.

Así, para determinar si una obra pasó o no al dominio público en Chile, no sólo hay que ver en qué fecha murió el o la autora, si no que será necesario averiguar si tiene cónyuge vivo(a) o hijas solteras, viudas o casadas con incapaces.(?). Esta absurda norma está actualmente siendo eliminada por el proyecto de ley sobre propiedad intelectual, del cual ya hemos hablado.

Por ahora, nos preocuparemos solamente de identificar el plazo de protección aplicable a los autores, considerando la fecha en que fallecieron y el plazo legal que corresponda, que puede ser de 30, 50 o 70 años contados desde su muerte.

Hasta el día 16 de septiembre de 1992, las obras en Chile se protegían por 30 años. El día 17 de septiembre de 1992 fue publicada la Ley N°19.166 que amplió este plazo a 50 años y que comenzó a regir a partir de ese mismo día. Aquí tenemos entonces el primer grupo:

16 DE SEPTIEMBRE DE 1962

Las obras de los autores nacionales o extranjeros domiciliados en Chile que hayan fallecido hasta esa fecha, en principio están en el dominio público chileno, a menos que tengan cónyuge sobreviviente, o hijas solteras, viudas o casadas con incapaces, por aplicación del plazo de protección de 30 años post mortem, establecido en la Ley de Propiedad Intelectual de 1970.

En esta categoría se encuentran (s.e.u.o) los siguientes creadores:

- Vicente Huidobro. † 1948
- Gabriela Mistral. † 1957
- Alberto Bles Gana. † 1920
- Baldomero Lillo. † 1923
- Oscar Castro. † 1948
- Winett de Rokha. † 1951
- Augusto D’Halmar. † 1950
- Mariano Latorre. † 1955
- Samuel Lillo. † 1958

La obra del poeta Carlos de Rokha, que falleció el 29 de septiembre de 1962, estuvo a punto de pasar al dominio público, sólo faltaron 13 días.

Reforma de 1992

A partir del 17 de septiembre de 1992 y hasta el 18 de noviembre de 2003, las obras en Chile se protegieron por 50 años post mortem. El día 19 de noviembre de 2003 fue publicada la Ley N°19.914 que amplió este plazo a 70 años y que comenzó a regir a partir de ese momento. Aquí está el segundo grupo:

18 DE NOVIEMBRE DE 1953

Como pueden rápidamente deducir, en virtud de esta norma no se incorporaron nuevos autores nacionales al dominio público chileno, al contrario, se aumentaron en 20 años los plazos, lo que significó, por ejemplo, que la obra del poeta Carlos de Rokha deberá esperar hasta el 2012 para ser libre.

Esta modificación tampoco afectó a aquellas obras cuyos derechos ya habían expirado, porque este tipo de leyes no son retroactivas: esto es, si la obra de un autor ya pasó al dominio público, no vuelve a estar protegida nuevamente, salvo que expresamente la ley hace lo declare, cosa que no hizo. Que no lo engañen al respecto.

Este plazo sí tiene una importancia fundamental: fija la fecha en que la obra de aquellos autores extranjeros no domiciliados en Chile y que sean nacionales de un país miembro de la Convención de Berna, pasan también a formar parte del dominio público chileno, (salvo las prevensiones ya hechas sobre el cónyuge y las hijas solteras, viudas y casadas con incapaces).

En esta categoría encontramos a (s.e.u.o):

- Sinclair Lewis. † 1951
- André Gide. † 1951
- Ludwig Wittgenstein. † 1951
- George Orwell. † 1950
- George Bernard Shaw. † 1950
- Richard Strauss. † 1949
- Manuel Machado. † 1947
- Glen Miller. † 1944
- Simone Weil. † 1943.

Y algunos otros, debiendo ser muchísimos más.

Reforma de 2003

Finalmente, a partir del 19 de noviembre de 2003, las obras en Chile se protegen por 70 años post mortem., fecha en que es publicada la Ley N°19.914 y que es el plazo vigente ahora. Como imaginarán, aquí no hay grupos que agregar, al contrario, hay que volver a sumar 20 años a las obras que están protegidas.

Así, nuestro poeta desconocido por muchos, Carlos de Rokha, deberá esperar ahora hasta el 2032 para ser libre.

Gráfico de Claudio Ruíz, publicado en QLN, bajo licencia Atribución – Compartir Igual de Creative Commons.

Y Radiohead habló

December 14th, 2007 | Categoría: principal

In rainbow

Mucho ya se ha escrito sobre la decisión de Radiohead de lanzar su último disco por internet, sin sello de por medio y al precio que cada consumidor estuviera dispuesto a pagar, estando el cero ($0) entre las opciones posibles.

Hoy, a través de BEA, llegué a la entrevista que Tom Yorke y Colin Greenwood dieron al Clarín de Argentína, donde cuentan que el disco ha sido descargado más de un millón de veces y que más de la mitad de ellas fueron pagadas, lo que sin duda es un exito para la banda y su decisión.

Eramos concientes de ese riesgo de antemano, de que el tema de la descarga iba a opacar el contenido del disco. Sabíamos que iba a haber muchas críticas y alboroto y que eso distraería del álbum. Lo interesante es que la descarga está libre de DRM (Digital Rights Management): o sea, todo lo que descargás lo podés copiar y mandárselo a alguien. Lo que tratamos de hacer fue distribuir la música lo más ampliamente posible, sin restricciones. Pero tendremos que esperar a ver qué pasa: no hay garantías de que las radios la difundan.

Agrada leer que los músicos estaban clarísimos respecto a las consecuencias de su decisión y las repercusiones que ha tenido y puede seguir teniendo, especialmente el tema de las radios (claro, sin sello que se encargue de mandar copias a las radios, ni ofrezca incentivos a los controladores para que la sumen a la parrilla, se complica el asunto).

Una cosa que no alcanzo a comprender, es por qué una banda como Radiohead, que tomó la decisión que ya conocemos y que hemos ultra comentado no lanzó su disco con alguna licencia como Creative Commons?. ¿Ignorancia? ¿Razones económicas?.

Sería bueno averiguar. Si los conoces, haz la pregunta por mí.

Fotografía titulada Radiohead “In Rainbows” discbox de James Mitchell, publicada en Flickr, bajo licencia Atribución – No Comercial – Compartir Igual de Creative Commons.

Reporte #7: proyecto de ley sobre propiedad intelectual

December 02nd, 2007 | Categoría: 20435, chile, congreso nacional, derecho de autor, principal

El 31 de octubre pasado, la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Senado comenzó la discusión en segundo trámite constitucional del proyecto que modifica la Ley N°17.336 sobre propiedad intelectual.

Hasta el momento se han realizado seis sesiones de la Comisión y han expuesto representantes de las entidades de gestión SCD y ChileActores, de las organizaciones gremiales ACTI, Editores Musicales, AGEM, Cámara Chilena del Libro, Editores de Chile, Asociación de Proveedores de Internet y de las internacionales IFPI y BSA. Asimismo, han comparecido el Colegio de Bibliotecarios de Chile, la Comisión de Bibliotecas del Consejo de Rectores, la Asociación de Derecho Informático, el mismísimo Google, Creative Commons Chile y ONG Derechos Digitales.

La Biblioteca del Congreso Nacional ha preparado un completo reportaje sobre el proyecto de ley y una serie de 11 Minutas Técnicas para la discusión parlamentaria, que si bien algunas tienen imprecisiones y errores, son sin duda uno de los pocos documentos relativamente independientes que profundizan en los contenidos del proyecto de ley.

Tal como sucedió en la Cámara de Diputados, existen muy pocos documentos públicos donde se expresen las distintas posiciones en discusión. Sólo ACTI (.pdf), ONG Derechos Digitales (.rtf), Creative Commons Chile (.rtf) y el Colegio de Bibliotecarios (.pdf) han publicado sus presentaciones. ¿Y el resto?. Nada por lo menos en sus sitios, incluso sorprende descubrir que algunos no los han actualizado en años.

En materia de ingeniería inversa y responsabilidad de los ISP’s, dos de los temas en discusión, Jens Hardings publicó en Sushi Knights, su opinión sobre el proyecto y comentarios a las críticas de ACTI.

Finalmente, el Senado publicó una breve nota donde entrevistan al Presidente de la Comisión de Educación, Mariano Ruíz Esquide y dan cuenta de las presentaciones de API y AGEM.

Después »

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